La Alcaldesa de la Municipalidad de Alajuela, Laura Chaves, presentó un proceso de acción de inconstitucionalidad el pasado ocho de agosto del presente año, en la que se argumenta que las Municipalidades gozan de autonomía.
Chaves insiste que “…se declare inconstitucionales el artículo 5 del capítulo I del Título IV de la Ley 9635, únicamente en cuanto a su aplicación a las municipalidades, y la frase “Gobiernos Locales” del artículo 1 del Decreto Ejecutivo número 41641-H, por estimarlo contrario a los artículos 169,170 y 175 de la Constitución Política”.
Dichos artículos de la Constitución Política, indican que las Municipalidades son autónomas (artículo 170) y que “dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución.” (artículo 175).
“Estamos defendiendo la autonomía municipal, y el poder invertir recursos en las comunidades. Tenemos que dejar claro que no somos los municipios que dejamos un déficit a los recursos del Gobierno Central ya que las transferencias del Estado a las Municipalidades representan un aproximado del 1% de los recursos que nosotros recibimos”, dijo la Alcaldesa de la Municipalidad de Alajuela.
Las municipalidades afirman que, la Sala Constitucional acogió la solicitud, por el momento y hasta que se resuelva el fondo de la acción, la regla fiscal queda suspendida de las Municipalidades.
“La alcaldesa plantea, y nosotros también lo pensamos, que las Municipalidades somos administraciones tributarias, no incidimos en el problema fiscal que tiene el país, por lo que nos parece que la aplicación de la regla fiscal es inconstitucional violentando la autonomía municipal. Se están presentando, además, coadyuvancias de parte de otros ayuntamientos como argumentos adicionales a los presentados por el municipio de Alajuela”, comentó Gilberto Monge, miembro de la Junta Directiva de la ANAI y Alcalde de Mora.
AFECTACIÓN EN SERVICIOS MUNICIPALES
La mayor parte de los recursos que generan los ayuntamientos es superior a las transferencias brindadas por el Gobierno Central, esto quiere decir que de los ₡ 596 mil millones que perciben las Municipalidad anualmente, cerca del 16% pertenecen a transferencias del Poder Ejecutivo. De estos fondos auto gestionables el 82% se da principalmente a Bienes Inmuebles, Patentes, Impuestos a la Construcción entre otros.
“Restringirnos el crecimiento presupuestario en algunos gastos corrientes, nos limita en la prestación de servicios que nosotros le damos a las comunidades, entre ellas, la seguridad, monitoreo y de la policía municipal”, enfatizó Monge.
También, proyectos de índole cultural, recreativo y deportivo estarían siendo afectados con la aplicación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.Según la Ley, las Municipalidades tendrían un tope de 4.67% de crecimiento en el gasto corriente para el próximo año.


