miércoles, 8 julio 2026
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Ministerio de Salud retrasó un año la restricción de sabores en vapeadores

La cartera de Salud adquirirá nueva tecnología para reforzar la fiscalización antes de aplicar las restricciones.

Ministerio de Salud aplaza hasta 2027 la prohibición de sabores y aromas en vapeadores

Los vapeadores con sabores y aromas continuarán comercializándose en Costa Rica por al menos un año más, luego de que el Ministerio de Salud decidiera posponer la entrada en vigor del reglamento técnico que endurece las condiciones para su fabricación, importación y venta.

La nueva fecha de aplicación quedó fijada para el 6 de agosto de 2027.

Regulación se aplicará más adelante

La medida debía entrar en vigor este año.

El Gobierno decidió extender el plazo.

Buscan fortalecer la fiscalización

Según explicó el Ministerio de Salud, el aplazamiento permitirá reforzar la capacidad técnica y operativa de las instituciones encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa antes de su implementación.

Adquirirán equipo especializado

Las autoridades preparan nuevas herramientas.

El objetivo es mejorar los controles.

Usarán un espectrómetro de alta tecnología

Como parte del proceso, el Ministerio prevé adquirir un espectrómetro de alta tecnología, equipo que permitirá analizar con mayor precisión la composición química de los líquidos utilizados en los vapeadores.

El viceministro de Salud, Juan Carlos Esquivel, indicó que este tiempo adicional facilitará la preparación de los mecanismos necesarios para una fiscalización efectiva.

Especialistas del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (Inciensa) también destacaron la importancia de contar con tecnología especializada para verificar el cumplimiento de la regulación.

Estas son las restricciones previstas

El reglamento mantiene las medidas aprobadas.

Entrarán a regir una vez concluya la prórroga.

Cambios incluyen sabores y empaques

La normativa contempla:

  • Prohibición de líquidos con sabores y aromas considerados atractivos, especialmente para menores de edad.
  • Límite de 16 sustancias químicas permitidas en los líquidos para vapeo.
  • Establecimiento de un límite máximo de nicotina.
  • Prohibición de utilizar personajes, dibujos, colores llamativos o diseños que incentiven el consumo en los empaques.

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