lunes, 27 julio 2026
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¿Adiós a la cárcel por pensión? La tobillera sería la primera opción en estos casos

El proyecto no elimina las órdenes de apremio: cambia la forma de cumplirlas y deja al juez decidir movimientos, restricciones y excepciones.

¿Adiós a la cárcel por pensión? Gobierno quiere cambiar cómo se cobra la deuda

La propuesta del Gobierno para utilizar tobilleras en casos de pensión alimentaria tiene un punto que puede prestarse a confusión: la deuda no desaparecería ni se eliminaría el apremio corporal.

Lo que cambiaría es la manera en que determinadas personas cumplirían esa orden.

El expediente 25.675 plantea abrir la puerta al monitoreo electrónico en lugar del ingreso inmediato a prisión para ciertos deudores, mientras continúan obligados a responder por los montos pendientes.

Gobierno pone el foco en que el deudor pueda producir ingresos

Casa Presidencial sostiene que recluir a una persona que debe alimentos puede generar un efecto contrario al objetivo que persigue el cobro.

La tesis del Ejecutivo es que, si el deudor conserva la posibilidad de trabajar o buscar empleo, tendría mejores condiciones para conseguir dinero y responder por la pensión.

La presidenta Laura Fernández defendió públicamente esa lógica al presentar el segundo paquete de proyectos de seguridad y justicia.

Por eso, el beneficiario de la pensión sigue ocupando un lugar central en la propuesta: el monitoreo no sustituiría la obligación económica, sino la forma de restringir a quien incumplió.

El Observador también reportó que el objetivo anunciado por el Gobierno es permitir que los deudores permanezcan fuera de prisión bajo vigilancia para que puedan trabajar y cancelar lo adeudado.

No todos los deudores recibirían una tobillera

La reforma tampoco funcionaría como una salida automática frente a cualquier orden judicial.

El texto incorpora circunstancias que impedirían recurrir al monitoreo electrónico, especialmente cuando existen factores de riesgo relacionados con determinados antecedentes penales, violencia o seguridad de otras personas.

Entre los supuestos contemplados aparecen vínculos con delincuencia organizada y narcotráfico, delitos sexuales contra menores y antecedentes relevantes de violencia doméstica o contra las mujeres.

Esto significa que dos personas con una deuda alimentaria podrían recibir respuestas distintas dependiendo de sus antecedentes y de la valoración realizada dentro del proceso.

El juez conservaría control sobre la medida

La propuesta tampoco dejaría el cumplimiento exclusivamente en manos de quien porta el dispositivo.

La autoridad judicial tendría capacidad para establecer restricciones y determinar las condiciones bajo las cuales la persona puede desplazarse mientras cumple el apremio mediante vigilancia electrónica.

El incumplimiento de las obligaciones alimentarias o de las condiciones impuestas podría llevar a perder esa modalidad y abrir nuevamente la posibilidad de internamiento.

En otras palabras, la tobillera funcionaría como una forma distinta de ejecutar la orden, no como una eliminación de sus consecuencias.

Costa Rica ya permite combinar trabajo y apremio

El planteamiento tampoco parte completamente de cero.

La legislación actual contempla modalidades especiales que permiten a una persona sometida a apremio trabajar durante determinados periodos y permanecer recluida durante otras horas.

La diferencia es que el proyecto presentado por Fernández busca darle mayor protagonismo al control electrónico en los casos que reúnan las condiciones legales.

El expediente apenas comienza su recorrido en la Asamblea Legislativa. Por ahora, ninguna persona puede exigir la tobillera con base en esta propuesta: primero tendrá que superar el trámite legislativo y convertirse en ley.

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