miércoles, 3 junio 2026
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Contratado por servicios profesionales, exigió más de ₡200 millones al Comité Olímpico… y terminó perdiendo hasta dinero

De reclamar millones al Comité Olímpico a enfrentar un fallo adverso: así terminó el caso.

El Comité Olímpico Nacional de Costa Rica obtuvo un fallo favorable en un proceso judicial que venía generando atención pública, luego de que un tribunal laboral descartara por completo la demanda presentada por el señor Víquez Salas contra la institución. Según información de Diario Extra el monto era superior a los ₡200.0000.000.

La resolución fue emitida por el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, mediante la Sentencia de Primera Instancia N.° 2026000572, en la que se concluyó que no hubo relación laboral entre el demandante y el Comité. Según determinó el despacho, el vínculo que existió entre ambas partes no correspondía a un contrato de trabajo, sino a una relación de carácter comercial canalizada a través de la empresa Integral de Comercio para Centroamérica Ruvi S.A., representada por el propio Víquez.

Este punto fue central dentro del análisis del tribunal, ya que en los litigios laborales uno de los aspectos más importantes es comprobar si realmente existieron los elementos que identifican una relación de trabajo, como subordinación, pago salarial directo y dependencia funcional. Tras revisar la prueba documental y testimonial aportada durante el proceso, el juzgado concluyó que esos componentes no quedaron demostrados.

Por esa razón, la demanda fue declarada sin lugar en todos sus extremos. Además, el tribunal acogió las excepciones de falta de derecho y falta de legitimación activa y pasiva, lo que refuerza la posición jurídica que mantuvo el Comité Olímpico Nacional desde el inicio del caso.

La decisión representa un alivio institucional para el CONCRC, sobre todo porque este proceso había trascendido al plano público tras ser divulgado en medios nacionales. En ese contexto, la organización sostiene que el caso no solo implicaba una discusión legal, sino también posibles afectaciones a su imagen y al manejo de fondos vinculados al deporte costarricense.

El presidente del Comité Olímpico Nacional de Costa Rica, Henry Núñez, aseguró que el fallo respalda la postura que la entidad defendió durante todo el proceso judicial. Según indicó, la resolución deja claro que la institución actuó conforme a derecho y bajo el criterio de resguardar adecuadamente los recursos asignados al deporte nacional.

“El tribunal ha sido claro: no existió relación laboral. Durante todo este proceso defendimos la verdad y la correcta administración de los recursos del deporte costarricense, que pertenecen a los atletas y al país”, manifestó Núñez.

Desde la parte legal, el abogado director del caso, Dr. Kendall Ruiz Jiménez, también valoró de forma positiva el resultado. Señaló que el análisis de la prueba permitió sostener la teoría planteada por la defensa del Comité, en el sentido de que nunca existió un vínculo laboral entre las partes.

“Nos complace mucho el resultado del proceso en el que se analizó toda la prueba documental y testimonial, dando razón a nuestra teoría del caso en la que hacíamos ver que no existió ninguna relación laboral, dando como resultado el resultado favorable para el Comité, seguiremos atentos a las distintas incidencias del proceso”, expresó Ruiz Jiménez.

Pese al resultado de primera instancia, el Comité Olímpico dejó claro que el expediente todavía no necesariamente está cerrado de forma definitiva. La institución advirtió que el fallo podría ser impugnado, lo que abriría la puerta a que instancias superiores entren a revisar el caso, incluida eventualmente la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia.

Ese escenario mantiene a la organización atenta a los próximos movimientos procesales. De hecho, el propio Comité señaló que continuará dando seguimiento cercano al desarrollo del expediente, mientras analiza junto con su equipo legal la posibilidad de presentar acciones adicionales ante los eventuales daños económicos y reputacionales que, a su criterio, este proceso pudo haber generado.

El caso también adquiere relevancia por el papel que tiene el Comité Olímpico dentro de la estructura deportiva del país. La entidad administra decisiones y recursos ligados al desarrollo del alto rendimiento, al acompañamiento de atletas y al trabajo articulado con federaciones nacionales, por lo que cualquier controversia judicial de este tipo suele generar eco dentro del sector deportivo.

En esa línea, la institución reiteró que su deber es proteger los recursos destinados al deporte costarricense y actuar con transparencia, responsabilidad y criterio jurídico en cada una de sus actuaciones. Además, adelantó que en la próxima Asamblea General brindará más detalles a las federaciones deportivas nacionales sobre el alcance de esta resolución y sobre las medidas que eventualmente podrían adoptarse tras el fallo.

Con esta sentencia, el Comité Olímpico Nacional suma un respaldo importante en sede judicial en medio de un proceso que había escalado al debate público y que ahora entra en una nueva etapa marcada por la posibilidad de apelaciones y nuevas decisiones legales.

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