La Asamblea Legislativa de Costa Rica archivó oficialmente el expediente por presunto hostigamiento sexual contra Fabricio Alvarado, al concluir que el Congreso perdió la potestad legal para imponer sanciones una vez finalizado el periodo constitucional 2022-2026.
La decisión quedó formalizada mediante una resolución emitida el pasado 14 de mayo de 2026 dentro del expediente legislativo N.° 25.400.
Con esta medida, la vía disciplinaria dentro de la Asamblea queda cerrada, aunque el proceso penal que enfrenta el exdiputado continúa activo en el Juzgado Penal de Desamparados.
Según explicó la Presidencia legislativa, el Reglamento contra el Hostigamiento Sexual para diputados delimita expresamente que las sanciones solo pueden aplicarse a personas que mantengan la condición de legisladores al momento de resolverse el caso.
Uno de los argumentos centrales de la resolución fue un criterio técnico emitido por el Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos mediante el oficio AL-DEST-OFI-127-2026.
“Si la persona que eventualmente recibiría una sanción deja de ser Diputado o Diputada, la Asamblea Legislativa perdería la potestad sancionadora”, advirtió dicho criterio.
Incluso, el informe fue más allá y sostuvo que la Asamblea no puede sancionar a una persona que ya no tiene vínculo alguno con la Administración Pública.
La resolución también señaló que someter el caso a votación en el Plenario podría configurar el delito de prevaricato, tipificado en el artículo 357 del Código Penal.
Según la Presidencia, aprobar una sanción sin base legal expresa implicaría emitir una resolución contraria a la ley, situación que podría derivar en responsabilidades penales para quienes participaran en dicha decisión.
El documento reconoce que el reglamento permite a la comisión especial entregar su informe aunque el diputado denunciado deje el cargo, pero aclara que eso no habilita automáticamente al Plenario para imponer sanciones a exdiputados.
“Ni el artículo de referencia, ni ninguna otra norma, puede interpretarse como una habilitación tácita para sancionar a exdiputados”, señala la resolución.
La Presidencia también dejó claro que el archivo del expediente no representa un pronunciamiento sobre la veracidad o falsedad de los hechos denunciados y recordó que Fabricio Alvarado mantiene el principio de presunción de inocencia mientras no exista una sentencia firme en su contra.
Además, el documento confirmó que la denunciante cuenta actualmente con medidas cautelares vigentes dentro del proceso penal que se tramita en sede judicial.
La Presidencia legislativa aprovechó la resolución para rechazar cualquier forma de hostigamiento o acoso sexual y pidió al Poder Judicial actuar con rapidez para evitar impunidad en este tipo de casos.
Finalmente, la Asamblea instruyó a distintas dependencias y fracciones políticas a impulsar reformas reglamentarias que permitan evitar futuros vacíos legales cuando este tipo de procesos coincidan con cambios de periodo legislativo.


