De cara al curso lectivo 2026, el Ministerio de Educación Pública anunció una serie de transformaciones que impactarán directamente el funcionamiento de las Juntas de Educación en todo el país. Los ajustes responden a la entrada en vigencia de una nueva ley específica para estas instancias, así como a reformas en las normas que regulan su financiamiento y gestión administrativa.
El eje central de los cambios está contenido en la Ley N.º 10.631, conocida como Ley de Juntas de Educación, publicada en febrero de 2025 y cuya aplicación inicia este año. La normativa redefine el rol de las juntas, estableciéndolas formalmente como órganos auxiliares de la administración de los centros educativos públicos, con una participación más articulada junto a las direcciones institucionales.
Según explicó el ministro de Educación, Leonardo Sánchez, el nuevo marco legal busca que las juntas tengan una incidencia más estratégica en la planificación y ejecución de proyectos, priorizando las necesidades reales de cada comunidad educativa. Esto incluye la coordinación en programas, la provisión de bienes y servicios y el apoyo a iniciativas que fortalezcan el funcionamiento cotidiano de las instituciones.
Nuevos requisitos para integrar las juntas
La ley introduce criterios más claros para la conformación de las Juntas de Educación. A partir de ahora, quienes aspiren a integrar estos órganos deberán cumplir con condiciones mínimas, entre ellas ser mayores de edad, saber leer y escribir, no contar con antecedentes penales y residir en el cantón donde se ubica el centro educativo correspondiente.
Además, se establece la obligatoriedad de que al menos uno de los miembros sea padre, madre o encargado legal de un estudiante activo, y que al menos un integrante cuente con título de tercer ciclo de Educación General Básica o su equivalente. Las juntas deberán conformarse con un mínimo de cinco personas y sus integrantes deberán provenir de la terna presentada por el MEP, conforme al procedimiento que definirá el reglamento.
Ajustes en planificación y presupuesto
Otro cambio relevante recae sobre el Plan Anual de Trabajo (PAT) y el presupuesto institucional. Ambos instrumentos deberán alinearse de manera más estricta con las políticas educativas nacionales y con las necesidades más urgentes de cada centro, buscando un uso más eficiente y transparente de los recursos públicos.
En materia de compras, el MEP confirmó que se mantendrán prórrogas excepcionales para que algunas juntas puedan realizar adquisiciones fuera del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Estas dispensas, ya comunicadas a las juntas, se sustentan en resoluciones del Ministerio de Hacienda y permitirán una transición más ordenada hacia los nuevos esquemas administrativos.
Capacitación obligatoria antes del inicio del curso
Como parte del proceso de implementación, la cartera educativa se encuentra afinando el reglamento de la Ley de Juntas de Educación. Este documento servirá como guía operativa y será uno de los temas centrales de las capacitaciones que se impartirán durante las semanas previas al inicio del curso lectivo.
En estas jornadas también se abordarán las modificaciones a la Ley N.º 6.746, que regula el Fondo General para Juntas de Educación y Administrativas. Las reformas a esta normativa permitirán, entre otros aspectos, redistribuir recursos que no hayan sido utilizados o transferidos oportunamente a los centros educativos.
Así se repartirán los fondos
La legislación vigente establece que, a más tardar en setiembre de cada año, el MEP deberá definir la distribución de los recursos destinados a las juntas bajo los siguientes criterios:
- Un 85 % se asignará a las Juntas de Educación y Administrativas de forma proporcional a la matrícula de cada institución.
- Un 5 % se destinará a centros de primaria y secundaria con matrícula inferior a 100 estudiantes, como un refuerzo adicional según su tamaño.
- Otro 5 % se utilizará para apoyar instituciones que, tras un estudio económico, demuestren insuficiencia de recursos para cubrir gastos operativos básicos.
- El 5 % restante conformará una reserva para atender centros educativos de reciente apertura, con infraestructura en mal estado o con necesidades urgentes de pago, instalaciones o equipamiento.


