El sospechoso alegaba que no lo dejaban ver a su familia ni hablar libremente con su abogado, pero el voto constitucional fue contundente: «alto perfil, alto riesgo».
En un fallo que sienta un precedente importante para el manejo del crimen organizado en Costa Rica, la Sala Constitucional (Sala IV) ha respaldado las estrictas medidas de contención aplicadas por el Ministerio de Justicia. Los magistrados rechazaron de plano un recurso de hábeas corpus interpuesto por uno de los doce sujetos que actualmente esperan su extradición hacia los Estados Unidos.
El reclamo: «Incomunicación total» El recurso fue presentado por uno de los detenidos recluidos en el ámbito de Máxima Seguridad del Centro de Atención Institucional (CAI) Jorge Arturo Montero, conocido popularmente como «La Reforma», en San Rafael de Alajuela.
El imputado alegaba que el sistema penitenciario estaba violentando sus derechos fundamentales más básicos. En su queja, detalló que se le impide recibir visitas de familiares, realizar llamadas telefónicas e incluso denunció trabas para comunicarse fluidamente con su abogado defensor. Según la defensa, estas condiciones rozaban el trato inhumano y afectaban su derecho al debido proceso.
La respuesta de los Magistrados: Prioridad a la Seguridad Sin embargo, los altos jueces constitucionales no compraron el argumento. En su resolución, la Sala IV avaló los protocolos de seguridad implementados por Adaptación Social.
El razonamiento de fondo es el perfil criminal de alto riesgo de los detenidos. Al tratarse de personas requeridas por una potencia extranjera (EE.UU.) por delitos graves —usualmente narcotráfico internacional y lavado de dinero—, el Estado costarricense tiene la obligación de garantizar dos cosas:
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Que no se fuguen.
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Que no sigan operando sus redes criminales desde la cárcel.
Análisis: Un mensaje claro al crimen organizado Este rechazo envía un mensaje contundente: las garantías constitucionales no pueden utilizarse como portillo para vulnerar la seguridad de los centros penales. La Sala reconoce que, en casos de delincuencia organizada transnacional, las restricciones a la libertad de comunicación son medidas proporcionales y necesarias.
Mantener a estos 12 extraditables bajo un régimen de aislamiento relativo busca evitar lo que ha sucedido en otros países de la región, donde los capos convierten las prisiones en sus centros de comando operativo. Con este fallo, el Ministerio de Justicia mantiene la luz verde para aplicar el máximo rigor mientras se completan los procesos de entrega a las autoridades norteamericanas.


