El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) resolvió el recurso de amparo electoral presentado por el exvicepresidente Stephan Brunner contra la decisión del presidente legislativo, Rodrigo Arias Sánchez, de someter a votación su dimisión al cargo.
En la resolución n.° 5501-E1-2025, emitida el 21 de agosto y divulgada este viernes, los magistrados declararon el recurso parcialmente con lugar y recordaron que la renuncia es un acto personal y libre, que en el caso de la vicepresidencia únicamente requiere ser conocida por el Plenario, sin necesidad de votación.
“El Tribunal declara que la renuncia es un acto libre de la persona, que en el caso de quien ocupa la vicepresidencia solo requiere que sea conocida por la Asamblea Legislativa, exigencia que se satisface con incluir la dimisión en el orden del día del Plenario”, indica el fallo.
Según el TSE, la Asamblea Legislativa obstaculizó este proceso al someter la renuncia de Brunner a votación, acción que “transgredió” el principio de voluntad. Por esa razón, el órgano electoral advirtió a Rodrigo Arias que deberá evitar repetir conductas similares en el futuro.
Los magistrados también analizaron la situación de Brunner en relación con su aspiración a una diputación. Determinaron que su cargo de vicepresidente no estaba sujeto a la prohibición constitucional establecida en el artículo 109, que exige renunciar seis meses antes de las elecciones. Esa limitación aplica únicamente para quienes efectivamente ejerzan la Presidencia de la República en sustitución, no para quienes tengan la posibilidad de hacerlo por el puesto que ocupan.
Con este fallo, el TSE refuerza su línea jurisprudencial sobre la naturaleza voluntaria de la renuncia a cargos de elección popular y marca un precedente en la relación entre el Poder Legislativo y el derecho de dimitir de sus jerarcas.


