El país amaneció con la noticia de que la presentadora de Teletica, Keyla Sánchez, sufrió un aparatoso accidente en la ruta 27 a la altura de Ciudad Colón.
La ramonense habría perdido el control de su auto, una camioneta Chevrolet Tahoe 2021 full extras valorada cerca de los 99 mil dólares, antes de ingresar a la caseta del peaje colisionando de forma aparatosa contra el muro de contención.
Horas antes del percance, Keyla, se reunió con varios amigos, entre los que se encontraba el entrenador Hernán Medford y la periodista de Conexión Fútbol, Mary Escalante, para ver el encuentro entre las selecciones de Costa Rica y Estados Unidos, así quedó registrado en las historias de Instagram de la presentadora.
Pero también otros asistentes a la fiesta publicaron videos en sus redes sociales, uno de ellos fue el estilista Ricardo Gamboa. En las imágenes se aprecia que algunos de ellos degustan bebidas alcohólicas.
En uno de los clips se observa a Keyla en aparente estado de ebriedad.
Luego de que los videos se hicieran virales, Gamboa, fue despedido del salón de belleza ‘Hair Point By JS’ donde laboraba.
El salón es propiedad de la expresentadora Sharon Segura y de Johana Yepes. Mediante un comunicado de prensa conjunto informaron que Gamboa fue cesado de sus funciones.
“Por este medio comunicamos que hemos tomado la decisión de prescindir de los servicios de nuestro estilista”, indicaron.
¿Pueden despedirlo por esto?
Consultamos a Kendall Ruiz Jiménez director de Aselecom abogados sobre el despido del estilista y nos comentó lo siguiente:
Bueno para empezar a analizar este tema debo indicar que no puedo afirmar nada del despido de manera específica o sobre el fondo pues no conozco los detalles de la carta de despido, pero haré varias explicaciones a partir de diversas variables.
Se indica en diversos medios que se da el despido luego que la persona trabajadora publicó imagenes de Keyla en una fiesta.
En el sector privado existe la libre contratación y libre despido, esto significa que el patrono puede despedir con responsabilidad patronal simplemente en apego al artículo 85 literal D que básicamente establece la voluntad del patrono y en el tanto no hayan prácticas discriminatorias el patrono puede prescindir de los servicios cuando guste pagando los extremos que corresponden cuando es con responsabilidad los cuales son salario proporcional, aguinaldo proporcional, vacaciones, cesantía y preaviso.
Ahora ¿podría darse un despedirse sin responsabilidad patronal?, difícilmente podría darse un despido bajo esos términos dado que si lo hicieran en razón que compartió ese video lo hace en el fuero interno de sus actividades privadas, pero podría darse en algunos casos que si en el trabajo hay códigos de ética y políticas que regulan ciertos temas sobre la relación con algunos clientes, su imagen y otros temas que podrían ser sensibles entonces se entraría a analizar en detalle esa regulación interna para ver si es viable o no.
Siempre es importante regular las relaciones laborales de manera clara y precisa para evitar problemas en los centros de trabajo.
Por último y saliendo del tema laboral… gente por más que sean personas que estén en el ojo público NADA les da derecho a compartir su imagen, las personas pueden reclamar por hacer uso de la imagen y más si les afecta… TENGAN CUIDADO pues una demanda civil por eso es totalmente viable.


