El código penal costarricense regula y sanciona la práctica del descuido de las mascotas y establece “Artículo 405.-
Se penará con cinco a treinta días multa al que sin haber tomado las precauciones convenientes para que un animal no cause daño, lo dejare en lugar de tránsito público o lo confiare a alguien inexperto, en forma tal que exponga al peligro a personas o cosas.”, en un caso como el que está en el video si alguien fuera el propietario de la mascota entonces podría no solo tener una sanción penal si no también una eventual responsabilidad civil por no VIGILAR la mascota y tomar las previsiones para que no ocasionara un daño (el estado también podría ser eventualmente responsable).
Se debe considerar que hay otros artículos como el 130 Bis del código penal que establece pena de 3 meses hasta un año por “soltar un animal peligroso” con evidente descuido sin que ocasione lesiones u homicidio, caso contrario el asunto puede tener mayores implicaciones.
Otra normativa que regula el cuido de los animales es el Reglamento para la Reproducción y Tenencia Responsable de Animales de Compañía Nº 31626-S Artículo y justo en su artículo 47 establece algunos parámetros de en que momento pueden tenerse perros sueltos en lugares públicos (requiere autorización del ministerio de salud):
1) Perros Lazarillos
2) Perros con función terapéutica o medicinal
3) Perros con función agropecuaria
4) Perros que acompañan “al guarda del barrio” (debe contar con vacunación y condiciones básicas a la mascota)
5) Pruebas en pruebas de trabajo o deportivas (debe estar autorizado expresamente por la autoridad competente).
En caso de incumplimiento a esto los dueños podrían tener responsabilidad civil y penal por el daño que ocasione el animal, sea a las personas o a bienes muebles o inmuebles. Hay que considerar que EL ESTADO también podría ser responsable dado que deben velar por la seguridad de los administrados de hecho en la UCR realizaron una encuesta en la que “Costarricenses perciben que perros callejeros constituyen un riesgo para la salud pública”…” Un alto porcentaje de las personas encuestadas (79,2 %) señaló afectaciones a sus viviendas causadas por perros callejeros” esto el 19 de enero del 2018.
Ante esto como recomendación tome previsiones y mucho cuidado con la vigilancia de su mascota para evitar riesgos legales de tipo penal o civil.
Escrito por: Kendall Ruiz Jiménez
Socio director Aselecom Abogados.


